México ante el GAFI: lo que está sucediendo y lo que sigue.
México está en la recta final de su Quinta Ronda de Evaluación Mutua ante el GAFI. El informe se discutirá en la Plenaria del organismo, programada del 26 al 30 de octubre de 2026 en París, y su resultado marcará la agenda de prevención de lavado de dinero en el país durante los próximos años.
Por qué octubre es un mes clave
En las últimas semanas ha crecido la expectativa en el sector financiero sobre el resultado de la evaluación. Analistas anticipan observaciones relevantes, sobre todo en materia de efectividad, mientras el contenido del informe se mantiene confidencial hasta su adopción.
En este boletín explicamos en qué consiste el proceso, qué ocurrirá en la Plenaria, qué escenarios se abren y qué conviene revisar desde ahora si eres sujeto obligado.
La evaluación sí está en curso: la Quinta Ronda
México es miembro pleno del GAFI desde el año 2000 y está sujeto a evaluaciones periódicas sobre su régimen de prevención y combate al lavado de dinero y al financiamiento al terrorismo. La evaluación anterior se publicó en 2018 y dejó al país en un régimen de seguimiento intensificado, con reportes de avance en 2021, 2022 y 2023.
La Quinta Ronda de Evaluación Mutua, conducida de forma conjunta por el GAFI y el GAFILAT, es más exigente que las anteriores. Ya no basta con tener leyes alineadas a las 40 Recomendaciones: el foco está en demostrar efectividad, es decir, que las autoridades y el sector privado aplican esas medidas y producen resultados medibles.
La Secretaría de Hacienda informó en su Comunicado No. 21 que coordinó la visita in situ del equipo evaluador en marzo de 2026. Durante esa visita, los evaluadores se reunieron con autoridades y con representantes del sector privado, incluidos bancos, notarios y sectores de actividades vulnerables. Previamente, en el Comunicado No. 12 del 11 de febrero de 2026, el secretario Édgar Amador reiteró el compromiso de México con las recomendaciones y los procesos de evaluación mutua del organismo.
Tras la visita, el equipo evaluador elabora un borrador que México revisa y comenta. Ese borrador es confidencial: ni el país ni el GAFI lo hacen público antes de su discusión y adopción en Plenaria.
El calendario real: 26 al 30 de octubre, y luego la espera
El calendario oficial de eventos del GAFI programa la Plenaria y reuniones de grupos de trabajo del 26 al 30 de octubre de 2026 en París. Será la primera Plenaria bajo la Presidencia del Reino Unido, luego de que concluyera en junio la presidencia de la mexicana Elisa de Anda Madrazo. El calendario de MONEYVAL del Consejo de Europa confirma las mismas fechas.
El proceso, en orden, se ve así:
Visita in situ del equipo evaluador (marzo de 2026).
Elaboración del borrador y revisión por parte de México (meses posteriores, de forma confidencial).
Discusión y, en su caso, adopción del informe en la Plenaria (prevista del 26 al 30 de octubre de 2026).
Revisión de calidad y consistencia por la Red Global del GAFI.
Publicación del Informe de Evaluación Mutua.
El paso 4 explica por qué el resultado no se conocerá de inmediato. Un precedente reciente: en la Plenaria de junio de 2026 se adoptaron los informes de Canadá y Türkiye, y su publicación quedó programada para septiembre-octubre, es decir, entre tres y cuatro meses después, según los resultados de esa Plenaria. Si ese patrón se repite, el informe de México se haría público hacia inicios de 2027.
Un matiz importante: el propio calendario del GAFI señala octubre como fecha posible de discusión, no como fecha en firme. Cualquier ajuste se conocerá por los canales oficiales del GAFI o de la SHCP.
Evaluación mutua no es lista gris
La evaluación mutua y la llamada "lista gris" son procesos distintos, con criterios y tiempos propios. Entender la diferencia ayuda a dimensionar los escenarios posibles.
La evaluación mutua califica dos dimensiones: el cumplimiento técnico de cada una de las 40 Recomendaciones y la efectividad del sistema en sus Resultados Inmediatos. El resultado es un diagnóstico detallado, acompañado en esta ronda de una hoja de ruta con plazos para corregir deficiencias.
La "lista gris", oficialmente Jurisdicciones bajo Monitoreo Intensificado, es otra cosa. Según la Unidad de Inteligencia Financiera, agrupa a países que tienen deficiencias estratégicas, que están implementando un plan de acción con el GAFI y que han mostrado alto compromiso político para corregirlas. Se actualiza al cierre de cada Plenaria, tres veces al año.
El puente entre ambos procesos es el Grupo de Revisión de la Cooperación Internacional (ICRG, por sus siglas en inglés). Un país con resultados deficientes puede ser referido a revisión del ICRG. En la práctica de rondas anteriores, los países miembros contaban además con un periodo de observación de aproximadamente un año para atender las deficiencias antes de cualquier decisión de listado.
En términos prácticos: aun si México obtuviera una calificación desfavorable en octubre, su inclusión en la lista gris no ocurriría en esa misma Plenaria. El escenario de riesgo existe, pero se juega en los meses siguientes y depende de la capacidad del país para corregir lo señalado.
Qué está realmente en juego
Un resultado deficiente no obligaría a ningún banco extranjero a romper relaciones con México, pero sí elevaría el nivel de escrutinio. Las instituciones financieras internacionales ajustan su debida diligencia con base en la percepción de riesgo país, y el informe del GAFI es uno de los referentes principales para medirla.
Especialistas del sector financiero, citados por Expansión, han señalado tres efectos posibles: mayores costos de fondeo, menor apetito de los bancos corresponsales y mayor escrutinio sobre flujos como las remesas. A esto se suma un contexto de presión de Estados Unidos sobre el sistema financiero mexicano, tras las acciones de 2025 contra CIBanco, Intercam y Vector.
En la evaluación de 2018, las debilidades más señaladas fueron de efectividad: inteligencia financiera que no se traducía en investigaciones y sentencias, decomisos limitados frente al tamaño del riesgo y supervisión desigual de las actividades no financieras. Esos mismos frentes serán los más observados en 2026.
Por ahora se trata de escenarios: la calificación oficial se conocerá cuando el GAFI adopte y publique el informe.
Qué conviene revisar desde hoy
La evaluación del GAFI no califica solo a las autoridades: la efectividad del sistema se construye con el cumplimiento diario de bancos, notarios, inmobiliarias, desarrolladores y demás actividades vulnerables. Sea cual sea el resultado, es previsible que la hoja de ruta derivada del informe se traduzca en mayor supervisión de la UIF y del SAT sobre estos sectores.
Si realizas actividades vulnerables conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), el marco que te aplica cambió de forma importante en el último año. La reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025 amplió las obligaciones del artículo 18, el Reglamento se reformó el 27 de marzo de 2026 y el Acuerdo 115/2026, publicado el 7 de agosto de 2026, actualizó las Reglas de Carácter General con entrada en vigor el 30 de noviembre de 2026.
Algunas obligaciones ya son exigibles; otras se activarán de forma escalonada a partir de 2027.
1. Alta y padrón vigentes
Antes de realizar una actividad vulnerable, debes estar dado de alta ante el SAT en el Sistema del Portal en Internet de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD). En el caso de personas morales, el artículo 20 de la LFPIORPI exige designar a un representante encargado del cumplimiento, cuyos datos deben mantenerse actualizados en el portal.
Confirmar que el alta cubre todas las fracciones del artículo 17 que realmente realizas.
Verificar que el representante encargado del cumplimiento esté designado y que sus datos estén vigentes.
2. Avisos e informes en tiempo
Las operaciones que rebasan los umbrales de ley se reportan mediante aviso a más tardar el día 17 del mes siguiente, conforme al artículo 23. Cuando en un mes no hay operaciones avisables, las Reglas de Carácter General piden presentar el informe correspondiente en ceros. La reforma de 2025 agregó un aviso dentro de las 24 horas siguientes cuando existan indicios o certeza de que los recursos podrían provenir de actividades ilícitas, incluso si la operación no se concretó.
Revisar que no existan meses sin aviso o sin informe en ceros.
Definir internamente quién detecta y quién presenta un aviso de 24 horas.
3. Expedientes de identificación y beneficiario controlador
El artículo 18 obliga a identificar al cliente, solicitar información sobre su actividad u ocupación y, cuando sea persona moral, fideicomiso u otra figura jurídica, recabar la documentación de su beneficiario controlador. La reforma homologó los conceptos de beneficiario controlador, beneficiario final y propietario real, lo que acerca el criterio PLD al fiscal.
Revisar una muestra de expedientes y confirmar que incluyan la identificación del beneficiario controlador.
Establecer un criterio para actualizar expedientes de clientes recurrentes.
4. Conservación de la información por 10 años
La documentación de cada actividad vulnerable debe conservarse de forma física o electrónica en el domicilio registrado, por al menos 10 años contados a partir de la operación. Antes de la reforma el plazo era de cinco años. Esa información debe estar disponible durante las visitas de verificación de la autoridad (art. 18, fr. V).
Actualizar la política de resguardo al nuevo plazo de 10 años.
Confirmar que los archivos electrónicos sean consultables y estén respaldados.
5. Evaluación de riesgos y manual de políticas internas
La fracción VII del artículo 18 exige una evaluación con enfoque basado en riesgos que permita identificar, analizar, entender y mitigar los riesgos tanto del sujeto obligado como de sus clientes. La fracción VIII exige un manual de políticas internas que documente cómo se cumple cada obligación. Ambas se vuelven exigibles en los plazos del Acuerdo 115/2026, pero son las que más tiempo toman en construirse.
Hacer un diagnóstico de brechas frente a las nuevas Reglas de Carácter General.
Iniciar la metodología de evaluación de riesgos con criterios claros por cliente, producto y zona geográfica.
6. Capacitación, monitoreo y auditoría
Las fracciones IX a XI incorporan procesos de selección de personal y capacitación anual, mecanismos automatizados de monitoreo y una auditoría interna o externa. Su entrada en vigor también es escalonada: por ejemplo, los procedimientos de selección de personal aplican a nuevas contrataciones a partir del 1 de marzo de 2027.
Programar la capacitación anual del personal involucrado y conservar evidencia de asistencia y contenidos.
Evaluar qué herramienta de monitoreo y qué esquema de auditoría corresponden a tu tamaño y nivel de riesgo.
El vínculo con la obligación fiscal
En materia fiscal, los artículos 32-B Ter a 32-B Quinquies del Código Fiscal de la Federación obligan a personas morales, fideicomisos y figuras jurídicas a obtener, conservar y, en su caso, proporcionar al SAT la información de su beneficiario controlador. La reforma de 2025 también adicionó a la LFPIORPI los artículos 33 Bis a 33 Quáter, que obligan a las sociedades mercantiles a identificar y registrar a su beneficiario controlador. La transparencia del beneficiario final es uno de los temas que el GAFI revisa con mayor detalle, por lo que la coherencia entre el expediente PLD y el registro fiscal será cada vez más relevante.
En resumen
México está a semanas de que el GAFI discuta su informe en la Plenaria del 26 al 30 de octubre, con una publicación probable hacia inicios de 2027. Un resultado desfavorable no implicaría un ingreso inmediato a la lista gris, pero sí una hoja de ruta exigente para autoridades y sujetos obligados. El momento de fortalecer el cumplimiento no es cuando salga el resultado, sino ahora.
En Integra Compliance seguiremos de cerca la Plenaria y te compartiremos el análisis en cuanto exista información oficial. Si te resulta útil revisar el estado de tu cumplimiento en materia de PLD o de beneficiario controlador, con gusto podemos acompañarte.
Fuentes oficiales
GAFI — Calendario de eventos (Plenaria del 26 al 30 de octubre de 2026)
SHCP — Comunicado No. 21, visita in situ del GAFI (reproducido por el IMCP)
Expansión — 2026, el año de la confianza: T-MEC y GAFI (contexto de mercado)
Marco normativo LFPIORPI: