UIF inmoviliza cuentas de Personas Políticamente Expuestas vinculadas a Sinaloa
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emitió un comunicado en el que informó sobre adiciones a la Lista de Personas Bloqueadas con carácter estrictamente preventivo, correspondientes a Personas Políticamente Expuestas (PPE) con vínculos reportados en el estado de Sinaloa.
¿Qué son las medidas preventivas de inmovilización?
De conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y las disposiciones aplicables en materia de PLD/FT, la UIF tiene facultades para ordenar la inmovilización de cuentas y activos financieros de personas que presenten indicios de estar vinculadas a actividades ilícitas, sin que medie necesariamente una sentencia judicial firme. Esta medida es de carácter preventivo y busca neutralizar el flujo de recursos de procedencia ilícita en tanto se desarrollan las investigaciones correspondientes.
¿Por qué se emitieron estas alertas?
Según el comunicado oficial, los reportes que motivaron las adiciones a la Lista de Personas Bloqueadas provienen de instituciones del sistema financiero mexicano, las cuales generaron alertamientos a partir de señalamientos realizados públicamente por autoridades de los Estados Unidos. La coordinación entre autoridades extranjeras y el sistema financiero nacional refleja el nivel de interoperabilidad que hoy existe en materia de inteligencia financiera internacional.
¿Qué implica aparecer en la Lista de Personas Bloqueadas?
Una persona física o moral incluida en esta lista queda impedida para realizar operaciones financieras en México. Los sujetos obligados bajo la LFPIORPI — incluyendo notarios, contadores, abogados, agentes inmobiliarios, entre otros — tienen la obligación de consultar esta lista antes de establecer relaciones de negocio o ejecutar operaciones con sus clientes. El incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones administrativas severas, que van desde multas económicas hasta la inhabilitación del sujeto obligado.
¿Qué deben hacer las empresas ante este escenario?
Este tipo de movimientos regulatorios refuerzan la importancia de contar con un sistema robusto de debida diligencia de clientes (DDC), que incluya la consulta sistemática de listas de personas bloqueadas, tanto a nivel nacional como internacional. Las empresas que realizan actividades vulnerables deben asegurarse de que sus procesos de identificación de clientes estén actualizados y documentados.
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